En Villavicencio y
Asociados, nos mantenemos a la vanguardia de la legislación nacional para
brindar a nuestros clientes la mejor asesoría legal. Informamos que, según el Acta
No. 1 de la Comisión Nacional de Salario Mínimo (CNSM-05/03/2026), se han
establecido los nuevos salarios mínimos que regirán en Nicaragua desde el 1
de marzo de 2026 hasta el 28 de febrero de 2027.
Puntos clave de la
nueva normativa:
- Ajuste General: La mayoría de los sectores económicos han
recibido un incremento del 4%.
- Régimen Especial (Zonas Francas): Se ratifica un reajuste del 6.7%,
vigente desde el 1 de enero de 2026.
- Normas de Producción: Para salarios fijados por rendimiento, las unidades de medida no deben alterarse; cada operación debe revalorizarse conforme al incremento del salario mínimo.
Nuevos salarios por
sector:
|
Sector de actividad
económica |
Porcentaje |
Mensual |
|
Agropecuario 1/ |
4 % |
C$ 6,188.02 |
|
Pesca |
4 % |
C$ 9,409.09 |
|
Minas y Canteras |
4 % |
C$ 11,113.46 |
|
Industria manufacturera |
4 % |
C$ 8,320.48 |
|
Industria sujeta a régimen
especial 2/ |
6.7 % |
C$ 9,986.46 |
|
Micro y pequeña industria artesanal y turística nacional |
4 % |
C$ 6,519.58 |
|
Electricidad, Gas y Agua;
Comercio, Restaurantes y Hoteles; Transporte, Almacenamiento y Comunicaciones |
4 % |
C$ 11,350.08 |
|
Construcción; Establecimientos Financieros y Seguros |
4 % |
C$ 13,848.23 |
|
Servicios Comunales,
Sociales, y Personales |
4 % |
C$ 8,674.94 |
|
Gobierno Central y Municipal |
4 % |
C$ 7,716.70 |
- 1/
Más alimentación,.
- 2/
Vigente a partir del 1° de enero 2026 al 31 de diciembre 2026.
Es fundamental que las empresas ajusten sus nóminas para cumplir con la Ley N° 625 y evitar contingencias legales. En nuestro despacho, estamos listos para asesorarle en la implementación de estos cambios.
Para mayor información sobre éste y otros temas legales, contacte a: Villavicencio & Asociados, al siguiente correo electrónico: info@villavicencioyasociados.com o al WhatsApp: (505) 5726-7356