sábado, 25 de enero de 2025

Tarifas de Impuesto de Timbres Fiscales (ITF) 2025

 El Ministerio de Hacienda y Crédito Público de Nicaragua año con año realiza un ajuste al Impuesto de Timbres Fiscales de nuestro pais todo esto al tenor del articulo 240 de la Ley N° 822 “Ley de Concertación Tributaria”, y este ajuste lo realiza con el fin de readecuar el costo de los referidos impuestos ante la devaluación anual o la tasa de inflación anual, tomando como referencia el mayor,  por ende ha publicado el Acuerdo Ministerial No. 006-2024, que actualiza las tarifas del Impuesto de Timbres Fiscales (ITF) para el año 2025, este acuerdo deroga el anterior Acuerdo Ministerial. Dentro de los principales ajustes se encuentran los siguientes:




Para mayor información sobre éste y otros temas legales, contacte a: Villavicencio & Asociados, a la siguiente correo electronico: info@villavicencioyasociados.com o al Whatapps: (505) 5726-7356

viernes, 3 de junio de 2022

¿Por qué es importante formalizar tu Negocio?

 ¿Por qué es importante formalizar tu Negocio?

Formalizar tu negocio no tan sólo es importante, sino que trae consigo múltiples beneficios para el emprendedor. No sólo se trata de trámites legales que debes realizar, por el contrario te abre las puertas a un sin fin de oportunidades para hacer de tu emprendimiento un negocio exitoso. A continuación explicamos por qué es importante formalizar tu negocio.

En primer lugar, es sumamente importante mantener separadas las finanzas personales con las de tu negocio. Si bien esto puedes hacerlo sin necesidad de tener formalizad tu negocio, hay implicaciones legales que debes tener en cuenta. Cuando creas una empresa, estableces que los bienes pertenecientes a tu negocio estén separados de los bienes personales, lo que, en caso de quiebra o de algún problema financiero de tu negocio, te ayudará, ya que no afectará a tu patrimonio personal sino que solamente afectará a tu negocio.

En segundo lugar, al tener un negocio formalizado proyectas mayor confianza a tus clientes y/o futuros clientes. Aunque probablemente ya tengas la confianza de ellos, la formalización de tus procesos ayuda a potenciar aún más. Además, te permite construir una imagen sólida frente a tus actuales y potenciales clientes, proveedores, y público en general, lo que ayudará en gran manera al crecimiento de tu empresa.

¿Qué beneficios trae consigo el formalizar tu negocio?

  • Acceso al mercado formal
Al formalizar tu negocio tienes la oportunidad de acceder a mercados muchos más grandes de los que puedes acceder con un negocio informal. Tienes la posibilidad de vender tus productos o servicios a empresas más grandes, lo que te ayudará a expandir tu mercado y hacer crecer tu negocio. Además, dependiendo de cuál sea tu empresa, podrás participar en licitaciones del Estado.
  • Acceso a financiamiento para Pymes y nuevas oportunidades de créditos
Otro de los beneficios de formalizar tu empresa es que se abren las puertas para mejores condiciones crediticias, lo cual en la informalidad es bastante complejo. Puedes optar a créditos especiales para micro, pequeñas y medianas empresas, que te permiten invertir mayor capital en tu negocio con el objetivo de potenciar el crecimiento de éste.
Al formalizar tu negocio, las oportunidades de financiamiento para ti crecen de manera exponencial. Tanto la Banca privada como el Estado poseen programas destinados a emprendimientos formalizados en sus distintas etapas de crecimiento.
  • Potenciales socios comerciales
Cuando eres un negocio formalizado, proyectas mayor confianza y credibilidad, como veíamos anteriormente. Esto también ayuda a que otros te vean como un potencial socio al momento de hacer negocios, lo que podría ayudarte aún más en la expansión de tu mercado y a su vez generar mayor competitividad para hacer crecer tu negocio.

¿Es muy caro formalizar tu Negocio?

En palabras simples, no. Hoy en día depende del tamaño de tu empresa. Además, debes tener en cuenta que la formalización de tu negocio trae consigo muchos beneficios que harán crecer tu empresa, por lo que invertir en formalizarlo es una inversión importantísima.

¿Cuáles son los pasos que debes seguir para formalizar tu negocio?

En Villavicencio y Asociados te ayudamos a formalizar tu emprendimiento en el que consideramos 4 etapas: Creación de empresa, Inicio de actividades, Comenzar a facturar, Registrar tu Marca o Patentar tu producto, Si deseas más información de cómo formalizar tu negocio a través de nosotros, escríbenos: info@villavicencioyasociados.com

jueves, 17 de febrero de 2022

¿QUÉ ES EL REGISTRO DEL BENEFICIARIO FINAL EN UNA SOCIEDAD MERCANTIL EN NICARAGUA?

¿Cómo nace el Registro del Beneficiario Final en Nicaragua?

El 20 de agosto de 2020, el Estado de Nicaragua creo la Ley Número 1035, Ley de Reforma a la Ley Número 698, Ley General de los Registros Públicos y al Código de Comercio de la República de Nicaragua, y entro en vigencia a través La Gaceta, Diario Oficial N°. 158 del 25 de agosto de 2020, a través de esta reforma nace el concepto de Registro de Beneficiario Final.

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) de Nicaragua a través de esta ley asumió el compromiso de cumplir con la recomendación 24 del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), que en sus partes conducentes estableció que “Los países deben asegurar que exista información adecuada, precisa y oportuna sobre el beneficiario final y el control de las personas jurídicas, que las autoridades competentes puedan obtener o a la que puedan tener acceso oportunamente”.

En el marco de los objetivos impulsados por la recomendación número 24, la CSJ estableció un marco regulatorio para el funcionamiento del Registro del Beneficiario Final de las Sociedades Mercantiles (RBFSM), el cual tiene como finalidad:

  • Registrar la Información del Beneficiario Final (BF) declarada por la Sociedad Mercantil.
  • Asegurar la integridad, confidencialidad, trazabilidad y seguridad de los datos custodiados de conformidad a los estándares internacionales generalmente aceptados en el manejo y protección de datos.
  • Garantizar el acceso a la información básica y del Beneficiario Final de las Sociedades Mercantiles por parte de las autoridades competentes, instituciones pertinentes y demás entidades que en lo sucesivo sean autorizadas y de las Sociedades mismas en lo concerniente a su propia información.

¿Qué o quien es el Beneficiario Final?

El GAFI lo define al Beneficiario Final como la persona o personas naturales que finalmente poseen o controlan a una sociedad mercantil y/o la persona natural en cuyo nombre se realiza una transacción. Además, incluye a las personas que ejercen control efectivo final sobre una persona jurídica incluyendo los fideicomisos.

Las disposiciones de la Ley Número 1035, son aplicables a todas las sociedades mercantiles inscritas en los Registros Públicos del país, incluyendo a aquellas que cotizan en una Bolsa de Valores Local o Internacional. De la misma forma, se deben identificar a los beneficiarios finales de entidades estatales, multilaterales, personas jurídicas propiedad de un Estado y sociedades mercantiles de carácter mixto.

¿Por qué Nicaragua implemento el Registro de Beneficiario Final?

Nicaragua como país miembro del GAFILAT, estaba obligado a contar con regulaciones adecuadas en materia de Prevención de Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento a la Proliferación de armas (LA/FT/FP), y así evitar costos reputacionales como la inclusión en listas de paraísos fiscales o países no cooperantes en esta materia.

Actualmente identificar al Beneficiario Final en el mundo se ha convertido en una práctica muy común, ya que, contar con esta información es relevante para combatir el Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento a la Proliferación de armas (LA/FT/FP).

¿Deberes y Obligaciones de las Sociedades Mercantiles?

La Corte Suprema de Justicia de Nicaragua emitió la Normativa de Funcionamiento del Registro del Beneficiario Final de las Sociedades Mercantiles, por medio de la cual se determinan, los deberes y obligaciones de las sociedades mercantiles, las más relevantes son:
  • Declarar la información relacionada con el Beneficiario Final en el Registro correspondiente, dentro del plazo de treinta días calendarios posteriores a su inscripción;
  • Declarar y actualizar de manera permanente la información relacionada con el Beneficiario Final y la información básica de las sociedades mercantiles;
  • Adjuntar a la declaración del Beneficiario Final, documentos que soporten todo lo declarado;
  • Conservar por un plazo no menor de 5 años, los documentos, archivos y correspondencia que acrediten o identifiquen a los beneficiarios finales.
El representante legal de la sociedad mercantil será el obligado declarar toda la información relacionada a los beneficiarios finales de la sociedad, y en caso de que una persona distinta a la del Representante Legal, declare en nombre de la entidad sus beneficiarios, deberá acreditar sus facultades a través de un poder especial debidamente inscrito en el Registro Público Mercantil.

La información podrá ser actualizada de forma Ordinaria cada 12 meses; y Extraordinaria cuando se realice un cambio que modifique el Pacto Constitutivo de la Sociedad que afecte la información básica y determinación del beneficiario final.

Uno de los aspectos a tomar en cuenta de esta Normativa es que le otorga a las autoridades competentes, la facultad de solicitar de forma directa a las sociedades mercantiles, la información básica y del Beneficiario Final que estimen pertinente, estableciéndose plazos para la presentación de la misma, y la posible infracción en caso de incumplimiento.

Los ciclos para declarar la información del Beneficiario Final de las Sociedades Mercantiles, con denominación o razón social de la letra A hasta la letra H, iniciaron el primer periodo el 19 de abril de 2021 y finalizaron el 18 de octubre del 2021 y de la letra I hasta la letra Z de 19 de Octubre de 2021 al 18 de abril de 2022.

El 16 de Noviembre 2021 la Dirección Nacional de Registros de la Corte Suprema de Justicia, informó a las sociedades mercantiles del país, que el Registro Público Mercantil en cada oficina registral procederá a inmovilizar el tráfico registral mercantil de aquellas sociedades que no cumplieron con su obligación de declarar el Beneficiario Final en el registro correspondiente.

Asimismo, la Dirección Nacional de Registros “dará inicio en los plazos que establece la ley, al Proceso Sancionatorio correspondiente con aquellas Sociedades Mercantiles que continúen incumpliendo tales obligaciones, todo de conformidad con el artículo 21, numeral 2 de la Normativa de Funcionamiento del Registro del Beneficiario de las Sociedades Mercantiles”.

En Villavicencio y Asociados te asesoramos para realizar un debido y correcto registro de tu Beneficiario Final y así evitar sanciones y multas. Si deseas más información de cómo podemos ayudarte, escríbenos al WhatsApp: (505) 5726-7356 o al correo: info@villavicencioyasociados.com 


martes, 8 de octubre de 2019

¿Por qué todos deberíamos de hacer un testamento?


Antes de explicar, él porque es necesario que todos deberíamos de realizar un testamento, primero explicaremos un poco que es un testamento, y que contiene, por consiguiente, procedemos a decir:

Que según nuestro Código Civil el Testamento es un acto más o menos solemne en que una persona dispone libremente del todo o parte de sus bienes para que tenga pleno efecto después de sus días, conservando la facultad de revocar las disposiciones contenidas en él, mientras viva, es decir, es un documento en el cual la persona interesada incluye sus las últimas voluntades, por lo general específica a quien y/o quienes personas heredara los bienes, derechos y obligaciones acumulados en vida por la persona que realiza el testamento (testador), aunque también puede servir, por ejemplo, para designar a los tutores legales de un menor tras la muerte o declarar la legitimidad de un hijo no reconocido.

¿Por qué todos deberíamos de hacer un testamento?


Aunque el Testamento es el documento que siempre se recomienda tener al día, a nadie le gusta tener que hacer testamento o estar involucrado en alguna herencia, sobre todo por las implicaciones emocionales y familiares que suponen y su vinculación directa con nuestro fallecimiento o el de un familiar.

El testamento es un acto de responsabilidad y no de riqueza o de edad, dado que no importa si eres joven o si tienes pocos bienes, sin embargo, tenerlo todo “bien redactado” puede solucionar más de un problema que podría desembocar en un caos legal difícil de resolver, sobre todo para nuestros descendientes o allegados.

Es recomendable realizar un testamento desde que empiezas adquirir un vehículo, una casa o especialmente cuando nacen tus hijos.

Es muy importante mencionar que la persona que solicite a un notario un Testamento debe estar en pleno uso de su capacidad, conciencia y libertad, es decir, nadie puede solicitar un Testamento en nombre de otro, o en no puedes realizar un Testamento en los casos que por enfermedad o accidente perdieras tus plenas facultades mentales o de conciencia.

Por lo anterior, le damos los siguientes tips que debe de tomar en cuenta, del por qué todos deberíamos de hacer un testamento:

Armonía Familiar: Hacer un testamento no significa que vas a morir, es más bien un acto de responsabilidad, es un instrumento legal que le da armonía y seguridad a la Familia y así evitas posibles conflictos legales ante tu muerte.

Seguridad Jurídica: La única forma legal para que una persona designe a sus herederos, es a través de un Testamento otorgado ante un notario público debidamente acreditado, es decir, no basta con que la persona redacte al final de su lecho de muerte una carta indicando su última voluntad, para dar como verdadero el documento.

Protección a los hijos: El Testamento es el único instrumento legal por el cual los padres pueden designar un tutor para sus hijos, es decir, en el caso de que ambos padres mueran, y tengan el cuidado y guarda de sus hijos y sus bienes.

Ahorro Económico: Tener redactado el Testamento facilita el proceso de sucesión, debido a que en los casos que no exista testamento y deseen disponer de los bienes, deberá tramitar la sucesión a través de un proceso judicial en el que un juez determinará quienes son los herederos y en qué porcentaje recibirán los bienes.

A temporal: La acción testamentaria comprende plasmar los bienes, derechos, acciones y posesiones del testador al momento de su realización, es decir, no indica que esta voluntad no pueda cambiar a futuro, realizando así inclusión y/o disminución de bienes, o inclusión y/o disminución de herederos.

Si deseas más información de cómo realizar tu Testamento o hacer un Testamento a través de nosotros, escríbenos: info@villavicencioyasociados.com

lunes, 2 de julio de 2018

Consejos para las Empresas y Pymes en tiempos de crisis


Ante los acontecimientos vividos en nuestro país y la incertidumbre que nos encontramos ante una posible solución a corto plazo de dicha crisis, como pequeños empresarios o pymes debemos reflexionar como podemos seguir trabajando para no llegar a un punto de quiebra técnica o de insolvencia total y que todo nuestro crecimiento o trabajo deje completamente de operar.

Por lo anterior: 

1. No desesperarnos; en estos tiempos nuestro peor enemigo es la desesperación y frustración propia.
2. Reinventarnos a través de nuestra imaginación, es decir, requerimos buscar nuevas oportunidades de cara a los tiempos y aprovechar la ocasión para reinventarse con la crisis adaptándose a las nuevas circunstancias.
3. Reducir gastos, y para ello debemos de ahorrar hasta en los pequeños detalles, debemos clasificar cuáles gastos son prescindibles, cuáles no son tan necesarios, además de saber cómo se puede ahorrar más.
4. A pesar de todo, también se debe buscar cómo ganar más ingresos, aprovechando los recursos, y tratando de buscar nuevas soluciones.
5. Por último, pero no menos importante, estudiar la situación es la clave, porque en base a este estudio es donde se puede descubrir qué es lo que se puede hacer para mejorar los resultados.

Puntos a no descuidar en momentos de crisis

Vigilar la liquidez de la empresa o negocio.
Conocer las necesidades de nuestros colaboradores y estudiar la posibilidad de como apoyarlos.
Abiertos a negociaciones con nuestros clientes, proveedores, acreedores y deudores actuales.
No se abandona el marketing, de hecho, se debe aumentar, aunque puede pensarse más en marketing digital a bajo costo.


Si deseas más información de cómo podemos ayudarte, escríbenos al WhatsApp: (505) 5726-7356 o al correo: info@villavicencioyasociados.com

Tarifas de Impuesto de Timbres Fiscales (ITF) 2025

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